Para quien empieza a importar, lo más complicado no es qué comprar sino cómo pagar una importación desde Argentina. Entender las opciones antes de negociar evita quedarte con mercadería comprada y sin forma legal de pagarla.

Primero, el plazo de pago

Se negocia con el proveedor al cerrar la compra. Hay tres:

  • Anticipado: pagás antes de que embarque, a veces antes de que fabrique.
  • A la vista: pagás con la mercadería ya embarcada, con el documento de transporte como prueba (conocimiento de embarque, carta de porte o guía aérea).
  • Diferido: pagás cuando la mercadería ya está nacionalizada, con el despacho a plaza oficializado.

Las reglas están en el texto ordenado “Exterior y Cambios” del BCRA. Regulan el acceso al mercado de cambios (MLC), o sea, cómo girar dólares comprándolos con pesos en el mercado oficial.

Qué permite hoy cada plazo

 

Anticipado: limitado a situaciones puntuales. La excepción más relevante son los bienes de capital. Lo que cuenta es cómo clasifica la posición arancelaria de tu producto, no cómo lo registrás en tu contabilidad.

  • Podés acceder al MLC por hasta el 30% del valor FOB.
  • La suma de anticipos, pagos a la vista y deuda sin registro no puede superar el 80% del FOB. El resto se paga contra despacho.
  • Solo se adelanta el FOB. Flete y seguro se pagan después de nacionalizar.
  • Los bienes de capital deben ser al menos el 90% del FOB. El resto puede ser repuestos o accesorios, con declaración jurada.
  • Con dólares propios en el país el esquema es más flexible, pero confirmá el tope con tu banco.

Existen tratamientos específicos para algunos rubros. Verificá en el texto ordenado si tu producto está alcanzado.

A la vista: depende de quién seas. Según las fuentes consultadas, pueden acceder las MiPyME y las personas humanas, para bienes no suntuarios embarcados desde el 14/4/2025. Otras empresas pueden pagar a la vista con dólares propios depositados en bancos locales. Preguntale a tu banco cómo acreditar la condición de MiPyME.

Diferido: abierto a todos. Con el despacho a plaza oficializado, o la guía de courier registrada, accedés al MLC para pagar. Es lo más simple, pero depende de que el proveedor te dé crédito.

¿Qué pasa si sos un importador nuevo y no podés pagar de manera anticipada?

Contado con liquidación (CCL). Es una operación del mercado de capitales, no del MLC. El esquema habitual:

  1. Abrís cuentas a tu nombre en una sociedad de bolsa local y en una del exterior.
  2. Comprás bonos con pesos.
  3. Transferís los bonos a la cuenta del exterior.
  4. Los vendés por dólares y ordenás el giro al proveedor.

Hay un costo implícito en la diferencia de cotizaciones. Verificá que la sociedad de bolsa realmente haga estas operaciones y consultá su tratamiento con tu asesor.

Financiación de importaciones con un banco. El banco le paga al proveedor y vos quedás endeudado en dólares a un plazo acordado. Suele reservarse para operaciones de volumen, exige carpeta crediticia sólida y documentación del ingreso de la mercadería, y tiene costo financiero.

Triangulación o cesión de deuda. Un tercero del exterior le paga al proveedor y vos le debés a él. La documentación tiene que ser consistente: el proveedor factura al tercero, el tercero te factura a vos y nacionalizás con esa factura. Un error documental puede impedirte pagar después.

Cuatro controles que no podés saltear

  1. SEPAIMPO. Es el sistema donde Aduana y BCRA cruzan información. Si pagaste anticipado o a la vista, avisale a tu banco cuando llegue la mercadería para que impute el despacho al pago. Los incumplimientos se informan y pueden bloquearte futuros pagos de este tipo. La normativa cita además la ley penal cambiaria (Ley 19.359).
  2. Restricción cruzada de 90 días. Según la prensa, si operaste en el MLC no podés operar con CCL o MEP durante 90 días, y al revés. Confirmá el alcance y planificá el orden de tus pagos.
  3. Requisitos del banco. Pueden pedirte documentación y plan de negocios. Las empresas recién constituidas deben esperar 180 días para poder realizar transferencias al exterior.
  4. Declaraciones juradas. Quedan registradas y pueden cruzarse. Las inconsistencias pueden generar requerimientos.

En resumen

  • Definí el plazo de pago antes de cerrar la compra.
  • El diferido está abierto a todos. El pago a la vista depende de tu perfil. El anticipado se limita a bienes de capital y casos puntuales.
  • Si no podés anticipar, evaluá CCL, financiación bancaria o triangulación, siempre con asesoramiento.
  • Cerrá cada pago en SEPAIMPO y respetá la restricción de 90 días.

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